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Novedades LAU Domenech Delsors

6 principales novedades de la reforma de la LAU

Vivienda de alquiler: ¿qué novedades aportan las modificaciones de la LAU? El pasado 6 de marzo de 2019 entró en vigor el Real Decreto Ley 7/2019 de Medidas Urgentes en materia de Vivienda y alquiler, después de la sonora derrota parlamentaria en la no convalidación del Real Decreto 21/2018 de 14 de diciembre. Esencialmente, el nuevo decreto incluye todas las medidas del anterior. Sin embargo, la Diputación Permanente del Congreso, puesto que está disuelto por la convocatoria de elecciones, tendrá que convalidar el nuevo Decreto que, en principio, tiene más probabilidades de salir adelante.

Principales novedades de la LAU

Básicamente, la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) introduce una novedad destacable que beneficia a los inquilinos: la ampliación de la prórroga obligatoria del contrato, es decir, la duración mínima de los arrendamientos de vivienda pasará de 3 a 5 años (o 7 si el arrendador es persona jurídica).

Todos los contratos celebrados a partir del 6 de marzo, aunque tengan una duración inferior a 5 años, si el arrendatario lo desea podrá continuar con el contrato hasta los 5 años. Por ejemplo, si firmamos un contrato el 20 de marzo de 2019 y la duración es de un año, el vencimiento sería el 20 de marzo de 2020, sin embargo, si el inquilino quiere puede continuar viviendo en su piso hasta el 20 de marzo de 2024.

Además, si el arrendador no avisa al inquilino con al menos 4 meses de antelación a esta fecha, el contrato se prorrogará anualmente con un máximo de 3 años más, pudiendo el inquilino residir allí hasta el 20 de marzo de 2027.

Otras innovaciones son que, en el caso de que el arrendador sea persona jurídica, los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato irán a cargo de ellos, y el hecho de que los contratos de vivienda quedan exentos del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. También se limita a 2 meses de renta la fianza y garantía adicional exigible al inquilino, salvo que se trate de contratos de larga duración.

En el caso de que se compre una vivienda que esté alquilada, se tendrá que respetar el contrato vigente, aunque no esté inscrito en el Registro de la Propiedad, cosa que hasta ahora no ocurría.

Un elemento importante para tener en cuenta por los arrendadores y propietarios es que la recuperación de la vivienda en caso de resolución anticipada del contrato deberá quedar por escrito expresamente (en caso de que lo necesite para vivienda habitual, sus hijos, etc.).

Sin modificaciones

Finalmente, ha quedado fuera de la modificación la limitación de los precios del alquiler a través del Índice de precios que figuraba en un borrador del Decreto para controlar la importante subida de los mismos. Estaremos atentos por si más adelante se regula este ámbito.

En Domenech Advocats les podemos asesorar de forma integral y solvente ya sean propietarios o inquilinos, sobre cualquier aspecto en materia de arrendamientos urbanos.

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Básicamente, la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) introduce una novedad destacable que beneficia a los inquilinos: la ampliación de la prórroga obligatoria del contrato, es decir...
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