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Intereses Moratorios Domemenech Advocats

Los intereses moratorios de las entidades de crédito pueden ser nulos.

En fecha el Tribunal Supremo ha venido a resolver a favor de una nueva protección del deudor hipotecario y en contra de las prácticas bancarias que venían siendo habituales hasta la fecha calificándolas ahora de abusivas.
El Tribunal Supremo ha venido a limitar las cláusulas bancarias afectando esta vez a los intereses moratorios. De la decisión del Alto Tribunal se deriva que la cláusula de cálculo de los intereses de demora incluida en las hipotecas no será de aplicación automática; toda cláusula incluyendo intereses de demora superiores a dos puntos en relación a los intereses remuneratorios se considerará abusiva.
En concreto, el pasado 21 de Enero de 2016 el Consejo General del Poder Judicial hizo público que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha declarado nulas por considerar que resultan abusivas, varias cláusulas incorporadas en los contratos con consumidores del BBVA y del Banco Popular.
La citada Sentencia considera abusivas cláusulas que fijaban en caso de impago del deudor hipotecario la obligación de pago de unos intereses moratorios del 19 %, considerando el Tribunal Supremo de forma muy concluyente que la cláusula es nula al exceder de los intereses ordinarios (remuneratorios) convenidos en más de dos puntos.
La Sentencia del Tribunal Supremo viene a refrendar la doctrina establecida por Sentencia de 22 de Abril de 2015 para los préstamos personales haciéndola ahora extensiva a los préstamos hipotecarios.
Como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 21 de Enero de 2016 y en aplicación de la Doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la entidad prestamista no podrá extinguir al deudor interés de demora alguno y deberán tenerse los intereses moratorios que excedan de los límites establecidos en la Sentencia referenciada como no puestos, y por tanto, no se podrá exigir cantidad alguna por este concepto, no pudiendo ni tan siquiera el Juez que conozca el caso, moderar dicha cláusula declarada nula por resultar abusiva.
Una corrección más, del todo necesaria a favor de los consumidores y encaminada a restablecer el justo equilibrio en los contratos de adhesión, información que desde Domenech Delsors Advocats, hemos considerado es de interés conocer de primera mano.
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Los intereses moratorios de las entidades de crédito pueden ser nulos.
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El Tribunal Supremo resuelve a favor de una nueva protección del deudor hipotecario y en contra de las prácticas bancarias calificándolas ahora de abusivas.
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