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El Canal De Denuncias O Canal ético

El canal de denuncias o canal ético

¿En qué consiste el canal de denuncias?

El día 1 de diciembre de 2023 todas las entidades obligadas a ello deberán tener implementado un canal de denuncias o canal ético donde se puedan informar anónimamente cualquier actuación contraria a la normativa o a las buenas prácticas empresariales, ya sean en material laboral, medioambiental, tributaria o de cualquier índole.

Con fecha 20 de febrero de 2023, se aprobó la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

¿Para quién es obligatorio?

Esta Ley establece que determinadas entidades del sector privado estarán obligadas a implementar el canal ético o de denuncias. Concretamente, la norma establece que, en el sector privado, deberán contar con este canal:

  • Las personas jurídicas con más de 50 trabajadores.
  • Partidos políticos, sindicatos, patronales y las fundaciones, siempre que éstas últimas reciban o gestionen fondos públicos.

Existen varias personas jurídicas que están obligadas a implementar un canal de denuncias sea cual sea su número de trabajadores, incluso con menos de 50 trabajadores están obligadas a ello las fundaciones que gestiones o reciban fondos públicos y algunas empresas del sector financiero, entre otras.

A partir del 1 de diciembre de 2.023 todas las empresas con 50 o más empleados y todas las fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos deberán acreditar la implantación del canal de denuncias o canal ético.

¿Qué plazo hay para cumplir con esta obligación?

La Ley 2/2023 entró en vigor el 13 de marzo estableciendo los siguientes plazos para la implementación del canal ético o de denuncias:

• Las empresas de más de 249 trabajadores tienen 3 meses para su implementación, siendo la fecha límite el 13 de junio de 2023.

• El resto de empresas, las comprendidas entre 50 y 249 trabajadores, tienen hasta el 1 de diciembre de 2023 para implementarlo.

¿Qué necesito para implementar el canal de denuncias?

Para la implementación del canal de denuncias es necesaria una herramienta informática que cumpla los requisitos que establece la normativa y un sistema de gestión del canal de denuncias con designa de las personas responsables del mismo que garanticen la privacidad y anonimato del informante o denunciante, de modo que la gestión interna se convierte en sumamente difícil y se hace a menudo imposible por cuanto hay que garantizar que las comunicaciones serán tratadas de forma objetiva, anónima y confidencial, evitando que el conocimiento interno de la empresa rompa ese anonimato.

¿Me pueden sancionar si no cumplo con esta obligación?

La implementación obligatoria viene acompañada en la Ley de importantes medidas coercitivas en forma de sanciones. La misma Ley 2/2003, de 20 de febrero contiene un régimen sancionador en el cual se prevén sanciones que ascienden hasta 1.000.000 de euros.

El canal ético o de denuncias externo es sin duda la mejor opción para entidades de mediana y pequeña dimensión, por ello en nuestro despacho nos hemos dotado de los medios necesarios para ofrecer a nuestros clientes un canal externo con el cual den cumplimiento a dichas obligaciones legales, ofreciéndoles la herramienta necesaria y haciéndonos cargo de la gestión y asesoramiento. No dude en ponerse en contacto con nosotros y le informaremos.

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El día 1 de diciembre de 2023 todas las entidades obligadas a ello deberán tener implementado un canal de denuncias o canal ético donde se puedan informar anónimamente cualquier actuación contraria a la normativa o a las buenas prácticas empresariales, ya sean en material laboral, medioambiental, tributaria o de cualquier índole.
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