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Mediación Domenech Delsors

¿Será obligatorio someterse a la mediación?

En fecha reciente el Ministro de Justicia Rafael Catalá reveló en el Parlamento que no descarta mejorar el marco legislativo para incorporar la obligatoriedad de que las partes se sometan a sesiones informativas acordadas por un juez para impulsar la mediación, si bien finalmente se podrá optar por esa vía o por la judicial.

El Ministro aseguró que un buen objetivo es promover en el conjunto de la sociedad española una cultura en torno al acuerdo y para ello entiende que la mediación tiene un papel fundamental. Por ello ha propuesto llevar a cabo campañas informativas para impulsar la mediación intrajudicial y trasladar el mensaje a la ciudadanía de que se trata de una solución posible e incluso deseable.

La intención del Ministerio es plenamente acorde a la legislación ya introducida en muchos países de la Unión. Prácticamente todos los Estados de la Unión prevén la posibilidad de que los órganos judiciales inviten a las partes a recurrir a la mediación o al menos a asistir a reuniones de información. En cinco Estados la mediación es obligatoria, en otros se exige que los abogados informen a sus clientes de la posibilidad de recurrir a la mediación o que las demandas confirmen si se ha intentado la mediación o existen razones que impidan hacerlo. Trece Estados miembros ofrecen incentivos financieros a la mediación mediante la reducción o el reembolso total de las tasas y costes de los procesos judiciales si se alcanza un acuerdo gracias a la mediación durante procesos judiciales suspendidos. (Datos contenidos en el informe del pasado mes de agosto de la comisión europea sobre la aplicación de la Directiva 2008/52/CE sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles).

En la misma línea el Consejo General de la Abogacía Española en el informe 4/2016 de 15/11/2016 concluye que la mediación a diferencia del arbitraje es una fórmula jurídica ideal para solventar los conflictos surgidos en el seno de relaciones de tracto sucesivo en las que intervengan los abogados, profesionales que deben considerarse orientados de modo preferente al desempeño de esta función mediadora por su formación y habitualidad en el manejo de procedimientos normativos. Hay que destacar el trabajo de la Unión Europea, en aras de una potenciación progresiva del fenómeno de la mediación y a enfatizar aún más la aplicabilidad y progresiva implantación de los sistemas de mediación en el seno de las relaciones mercantiles, tendencia de origen internacional y comunitario que está llamada a extenderse y consolidarse en las relaciones jurídicas.

Parece que la intención del Ministro no solo quedará en propósito, pero deseamos y esperamos como abogados mediadores que a diario recomendamos su uso por los extraordinarios beneficios que aporta a las partes, que el esfuerzo del legislador español sea dar un verdadero impulso a la mediación como medio eficaz para la resolución de conflictos y no simplemente como trámite obligatorio.

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El Ministro de Justicia Rafael Catalá aseguró que un buen objetivo es promover en el conjunto de la sociedad española una cultura en torno al acuerdo y para ello entiende que la mediación tiene un papel fundamental.
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