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Nueva regulación de la reducción de cotizaciones por contratación indefinida.

El pasado día 26 de diciembre 2014 se publicó el «Real Decreto 17/2014 de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico«.
Entre las medidas previstas la norma prorroga la llamada «tarifa plana de 100 euros» para la contratación indefinida de nuevos trabajadores. En concreto se acuerda prorrogar durante tres meses la reducción de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contratación indefinida ya prevista en el Real Decreto Ley 3/2014 de 28 de febrero de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida para los contratos celebrados entre el 1 de Enero de 2015 y el 31 de marzo de 2015.
Los requisitos para poder acogerse a dicho Real Decreto son:
  1. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, tanto en la fecha de efectos del alta de los trabajadores como durante la aplicación de la aportación empresarial reducida.
  2. No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos y otros declarados judicialmente como improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción.
  3. Celebrar contratos indefinidos que supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total de la empresa: para calcular dicho incremento, se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores que hayan prestado servicios en la empresa en los treinta días anteriores a la celebración del contrato.
  4. Mantener durante un periodo de 36 meses a contar desde la fecha de efectos del contrato indefinido con aplicación de la reducción.
Las exclusiones más relevantes son las siguientes:
  • Relaciones laborales de carácter especial.
  • Contrataciones que afectan al cónyugue, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado.
  • Contratación de trabajadores que hubieran estado contratados en otras empresas del grupo de empresas.
La aportación empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se reducirá en los supuestos de contratación indefinida a tiempo completo en 100 euros mensuales si es a tiempo parcial; en el caso de una jornada de al menos el 75%, la reducción será de 75 euros mensuales y si es equivalente al 50% de la jornada la reducción quedará en 50 euros.
Estas reducciones se aplicaran por un período de 24 meses, computados a partir de la fecha de efectos del contrato, que deberá formalizarse por escrito.
Finalizado el periodo de 24 meses, y durante 12 meses más, las empresas que en el momento de celebrar el contrato al que se aplique la reducción cuenten con menos de diez trabajadores tendrán derecho a una reducción equivalente al 50% de la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado de manera indefinida.
Esperamos que la información que les estamos dando desde Domenech Delsors Advocats les sea de utilidad y para cualquier aclaración al respecto no duden en ponerse en contacto con nosotros.
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Nueva regulación de la reducción de cotizaciones por contratación indefinida.
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Nueva regulación de la reducción de cotizaciones por contratación indefinida.
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Se acuerda prorrogar durante 3 meses la reducción de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contratación indefinida
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